Pagar la contribución de reembolso de gastos de las medidas de compensación
Visión general
Las medidas de construcción constituyen a menudo intervenciones en la naturaleza y el paisaje. Este es el caso, en particular, si modifican la forma o el uso del suelo y, por lo tanto, perjudican considerablemente el rendimiento y la funcionalidad del ecosistema o el paisaje (artículo 14 (1) de la Ley Federal de Conservación de la Naturaleza - BNatSchG).
Los autores de una usurpación están obligados en virtud del artículo 15 (1) y (2) de la BNatSchG a
- abstenerse de causar daños evitables a la naturaleza y al paisaje y
- a compensar los daños inevitables con medidas de conservación de la naturaleza y de gestión del paisaje (medidas compensatorias) o a sustituirlos (medidas sustitutorias).
Sin embargo, esto no se aplica a los proyectos que entran en el ámbito de aplicación de un plan de desarrollo (artículo 18 (2) BNatSchG).
Por este motivo, la regulación de las repercusiones conforme a la BNatSchG debe tenerse en cuenta en la fase de ordenación del territorio y deben crearse compensaciones ecológicas en otros lugares, por ejemplo, por el sellado de espacios abiertos en favor de un desarrollo residencial o comercial. Las intervenciones previstas en la naturaleza y el paisaje deben describirse y evaluarse en el plan de ordenación del suelo urbano. Normalmente es necesario especificar medidas compensatorias y de sustitución para compensar el impacto resultante en la naturaleza y el paisaje. Las medidas compensatorias pueden ser, por ejemplo, la plantación/siembra de arbustos, hierbas y gramíneas, la renaturalización de aguas estancadas y corrientes o medidas para recargar las aguas subterráneas.
Si estas medidas compensatorias no están estipuladas en las propiedades en las que se prevén intervenciones en la naturaleza y el paisaje, sino en otro lugar, el municipio deberá llevarlas a cabo en lugar de los promotores del proyecto o los propietarios de las propiedades y a expensas de los mismos, así como proporcionar las superficies necesarias para ello, a menos que esto se garantice de otra manera (art. 135a (2) BauGB). En este caso, se cobra un importe de reembolso de gastos para cubrir los gastos ocasionados por la aplicación de las medidas.
Los gastos reembolsables se determinan en función de los costes reales incurridos.
Los gastos reembolsables incluyen los costes de
- la adquisición y cesión de uso, así como el desbroce del terreno para la medida compensatoria,
- la medida compensatoria, incluida su planificación, realización y mantenimiento.
Los gastos reembolsables se distribuyen entre las propiedades a las que se asigna la medida compensatoria.